La ley generalmente especifica un orden bastante específico. Donde vivo (no en los EE. UU.), Es más o menos así: cónyuge, acompañante, luego hijos, luego padres y finalmente hermanos, siempre que vivan con ellos o brinden asistencia regular al paciente.
En la mayoría de los casos, a menos que haya una separación o un divorcio inminente o una razón médica, la persona a quien informar sería el cónyuge.
No tome esto como un consejo legal sino como una indicación general. Pregunte acerca de las leyes y costumbres locales.