Si se requiere una sentencia para un derecho a la vida, ¿no significa eso técnicamente que una persona en coma o estado vegetativo renuncia a este derecho a la vida?

Sí. Por sensibilidad se entiende la capacidad de experimentar sensaciones, y casi por definición eso es lo que es un coma.

Sin embargo, no todos están de acuerdo en que se requiere sensibilidad para tener derecho a la vida. Algunas personas agregan que si puede esperar que el estado de la persona cambie para incluir más adelante sensibilidad, entonces eso debería afectar sus decisiones mientras no sean conscientes (consulte aborto y comas temporales). Si se cree que el coma es irreversible, más personas estarán de acuerdo en que el individuo tiene menos derecho a la vida.

Me imagino que querías decir “sensibilidad” y no “oración”.

Como alguien que ha estado en estado de coma dos veces, me alegro de haber sobrevivido. La pregunta no depende necesariamente del “derecho a la vida”, sino de qué calidad de vida se podría esperar si un ser consciente se recuperara.

Algunos en coma despiertan parcialmente a un estado vegetativo persistente, que, en mi opinión, es el infierno en la tierra. Para esa persona, su calidad de vida es nula, y, si puede expresar su deseo de tener suicidio asistido (legal en algunos países), entonces que así sea. Si no pueden expresar sus deseos, un equipo de médicos que comprende al menos un neurólogo, un médico general y un tercero neutral elegido por miembros de la familia (o, si no hay familiares disponibles, un asistente social o un psicólogo con un antecedentes en suicidología) debería determinar si se esperaría que el paciente se recuperara hasta el punto en que las Actividades de la Vida Diaria (AVD) pudieran razonablemente proporcionarse o realizarse por el paciente.

No dejé mi derecho a la vida cuando entré en coma, y ​​mis doctores se dan cuenta de que si dejara de responder por alguna razón, espero que salten de arriba abajo sobre mi pecho como un grupo de monos hasta que recupere un ritmo cardíaco regular o despertar.

No puede haber ningún ‘derecho a la vida’ absoluto. A un tornado no le importa el “derecho” humano y tampoco un virus. Tampoco lo hace el estado, en casos de pena capital. Y al final, todo lo que esté vivo morirá. Creo que la pregunta de qué hacer con un humano en coma o estado vegetativo persistente, es una que debe decidirse en privado, en cada caso, por la familia de la persona en ese estado. Y si está anticipando la situación para usted o su familia, hay proxies de atención médica que pueden explicar los deseos de una persona.