Si el cannabis fuera el Anexo 2, ¿cuál sería su acción farmacológica, sus indicaciones y sus efectos secundarios?

La enumeración de varias sustancias dentro de la metodología de categorización de la DEA tiene poco, si es que tiene, que ver con acciones farmacológicas reales.

Las drogas fueron / son enumeradas por su daño percibido a la sociedad , no su daño real a los usuarios individuales . La DEA trata de asegurarnos lo contrario, pero uno solo necesita estudiar la historia de las drogas War On (Some) para ver claramente la agenda oculta.

Drogas de la Lista 1 (I)

Los medicamentos, sustancias o productos químicos de la Lista 1 (I) están definidos por el gobierno federal como medicamentos sin uso médico actualmente aceptado y con un alto potencial de abuso. Las drogas de la Lista 1 (I) son las más peligrosas de todos los calendarios de medicamentos con dependencia psicológica o física potencialmente grave.

Ejemplos de medicamentos del Anexo 1 (I):

  • Heroína
  • Dietilamida del ácido lisérgico (LSD) **
  • Marihuana (cannabis) **
  • Metilendioximetanfetamina (éxtasis) **
  • Methaqualone
  • Peyote **

Drogas de la Lista 2 (II)

Las drogas, sustancias o productos químicos de la Lista 2 (II) se definen como drogas con un alto potencial de abuso, menos potencial de abuso que las drogas de la Lista 1 (I), y su uso puede conducir a una dependencia psicológica o física grave. Estas drogas también se consideran peligrosas.

Ejemplos de medicamentos del Anexo 2 (II):

  • Cocaína
  • Metanfetamina
  • Metadona
  • Hidromorfona (Dilaudid)
  • Meperidina (Demerol)
  • Oxicodona (OxyContin)
  • Fentanilo
  • Dexedrine
  • Adderall
  • Ritalin

Por ejemplo, la cocaína figura en la lista 2, mientras que la de cannabis aparece en la lista 1. ¿Por qué? La cocaína alguna vez tuvo valor medicinal, pero el Cannabis nunca se ha beneficiado de tal distinción. A pesar de que está bien establecido que la cocaína es mucho más dañina que el cannabis, tanto en términos de daño a la sociedad como en perjuicio para los usuarios individuales. Además, las personas informadas no consideran que el cannabis sea tan nocivo como la heroína.

Por lo tanto, independientemente de qué horario la DEA enumera Cannabis, las propiedades farmacológicas de la misma no tendrían que cambiar en absoluto.

Finalmente, si realmente observa detenidamente la lista de sustancias de la Lista 1, observará que casi todas están asociadas o han estado relacionadas con movimientos de contracultura (o creencias / prácticas religiosas de los pueblos indígenas) dentro de los EE . UU. (**) . No es difícil especular por qué la DEA los incluyó dentro de la categoría más peligrosa sin ningún valor medicinal.