Los farmacéuticos no están obligados por ley a llamar al médico / prescriptor para verificar las recetas que están escritas en el mismo estado de CA , siempre que las recetas sean válidas para medicamentos narcóticos. En California, los medicamentos narcóticos se clasifican como medicamentos de la Lista II, y la prescripción para los medicamentos de la Lista II se debe escribir en las almohadillas de seguridad de resistencia a la manipulación con los elementos necesarios, como la firma del médico y el número de DEA.
Por ejemplo, puedo hacer que mi receta para el dolor narcótico se escriba en NoCal (por ejemplo, San Francisco) y luego llevarla a SoCal (por ejemplo, Irvine) para que se llene sin que los farmacéuticos llamen a mi médico para verificarla.
Los farmacéuticos pueden verificar las recetas si tienen alguna pregunta o sospechan algún tipo de fraude (prescripciones alteradas / falsificadas) o posibles drogadictos.
Nota: La respuesta anterior no se aplica a los medicamentos narcóticos que se escriben en diferentes estados que no sean CA. Las recetas fuera del estado requieren diferentes regulaciones.
Fuentes:
Código de Regulaciones de California