¿Necesita un miembro militar en servicio activo una referencia de comando antes de ser admitido en un centro de tratamiento de abuso de sustancias?

Funcionalmente, sí, necesitará soporte de comando.

Para ser más claro, no necesita una referencia de comando, en el sentido médico de “referencia” o el sentido del Ejército de un “examen de salud mental referido por comando”. Pero sí necesita que la unidad haga los trámites para ausentarse, apruebe el financiamiento TDY, etc. De lo contrario, solo se va por su cuenta, y eso es estar ausente, lo cual, por supuesto, está en contra de las reglas.

Por otra parte, si ya ha completado una estadía anterior, de lo contrario ha fallado la rehabilitación y está pendiente de separación bajo AR 635-200, Capítulo 9, enfrenta cualquier otra forma de separación administrativa, o está pendiente de castigo (UCMJ o lo que sea) – entonces la unidad puede negar la referencia médica a favor de completar la acción administrativa. NO TIENEN que negarlo, pero pueden hacerlo.

Para ser honesto, pueden negarlo por varias otras razones, pero obviamente es más difícil de justificar si su esposo va a IG o usa la política de puertas abiertas para elevar sus preocupaciones, y las razones del comando para la negación son débiles. .

¿Tiene un proveedor de unidad? Por lo general, un PA, a veces un médico, que está asignado al mismo batallón / brigada como él? Si lo hace, es un excelente punto de contacto para facilitar tanto la atención como la comunicación entre el paciente, otros proveedores y el comando.

Por lo general trato de hacer referencia a las regulaciones, etc. en mis respuestas. Pero eso es difícil aquí porque la respuesta es, en esencia, que el comando “lo posee”, y no puede ir a ningún lado sin su permiso / visibilidad. No hay un reglamento que diga eso, más que no haya un registro que especifique que NO NECESITA su apoyo para el caso particular de tratamiento de pacientes hospitalizados.

Avíseme si tiene alguna otra pregunta e intentaré responder.