Para una investigación en Texas, ¿cuál es la definición de que el fallecido haya sido “atendido por un médico”?

Gracias por el A2A. No hay una definición específica de “asistido por un médico” en los Códigos o Estatutos de Texas. Sin embargo, en 1996, hubo una Opinión del Fiscal General que concluyó:

Las palabras y frases “atiende”, “asistido por un médico” y “médico tratante” en el artículo 49.04 del Código de Procedimiento Penal significan un médico que es responsable de proporcionar tratamiento y atención en el momento de la muerte de una persona. Bajo los subartículos (a) (6) y (a) (7), las investigaciones son obligatorias en situaciones que involucran la muerte de residentes de hogares de ancianos donde la persona, en el momento de la muerte, no tiene un médico responsable del tratamiento del paciente y atención o el médico tratante no puede certificar la causa de la muerte.

Para una discusión completa de cómo el Procurador General llegó a esta conclusión, ver la Carta de Opinión No. 96-119 [Ver https: //texasattorneygeneral.gov…]