Es un poco más complicado que eso, pero sí.
Primero, uno tiene que demostrar que la muerte fue causada por algún tipo de negligencia por parte de la madre.
Básicamente, sus acciones debieron haber sido “imprudentes” y por eso la situación dañina fue su culpa.
Miremos el accidente automovilístico que causa un aborto espontáneo porque es un buen ejemplo (una mujer no abortaría por haberse topado con algo porque el líquido amniótico protege al feto de accidentes menores).
Quien sea que causó el accidente ha cometido homicidio.
Si un tipo pasaba la luz roja y golpeaba a la madre, cometía un homicidio. No ella.
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Pero si ella encendió una luz roja y un tipo pasó por su luz verde y la golpeó, ella cometió homicidio.
Pero hay una circunstancia más: si la madre es detenida en un semáforo en rojo y aparece un tipo que la lleva a la parte de atrás, pero ella va volando por el parabrisas porque ella optó por no usar el cinturón de seguridad, se deben cargar ambos, él por causando un accidente automovilístico que mató a alguien y a ella por no tomar precauciones razonables para minimizar las lesiones. El feto corría el riesgo de morir de cualquier manera, pero la madre cavó esa tumba al no usar el cinturón de seguridad.
Sin embargo, un aborto no siempre implica una falta. Algunos fetos no lo hacen: hasta un 25%, de hecho, serán abortos involuntarios espontáneos a corto plazo debido a defectos genéticos o imposibilidad de implantar. La posibilidad es mayor en los primeros embarazos y el primer mes.
A menos que ocurra algo drástico, no podemos separar necesariamente la negligencia del aborto natural. Pero cuando podemos, tenemos que tratar con cualquier persona que esté matando a otros, deliberadamente o no, adultos o no.